INTERVIEW TV - EDICION Nro. 95
         
 

CONSUMO DE DROGAS

Polémica por el proyecto de despenalización

TEMA: Despenalización del consumo de drogas

ENTREVISTADOS: Alberto Calabrese, que integra la comisión creada por el Gobierno; Claudio Izaguirre, presidente de la Asociación Antidrogas, y Pablo Rossi, director de la Fundación Manantiales, clínica de rehabilitación para adictos.

El Gobierno creó una comisión para elaborar un proyecto de ley que despenalice el consumo de drogas. Actualmente, en la Argentina rige la ley 23.737, dictada en 1989, que incrimina a los consumidores, al entender que son el primer eslabón de una cadena que termina en el narcotraficante. Quienes se oponen a la despenalización afirman que esta medida favorecerá la venta “minorista” de los narcos. Según la Asociación Antidrogas, sólo en Capital Federal hay 500 bocas de expendio.

En lo que implica un profundo cambio en la política antinarcóticos, el Gobierno analiza despenalizar en el país el consumo de drogas. La novedad fue dada a conocer en su momento por el ministro de Justicia, Aníbal Fernández en un foro de la ONU. “Debemos terminar con un sistema que atrapa al consumidor y lo criminaliza sin darle tan siquiera el derecho a la salud”, dijo el ministro.
En el país hay unas 440.000 personas que son consumidoras habituales de cocaína y conseguir drogas ilegales es bastante fácil. Con esta propuesta, la Argentina modifica su alineación con Estados Unidos en la materia, donde prima la postura prohibicionista y se suma a las políticas de algunos países europeos. Para cambiar las leyes, el ministro nombró una comisión de notables, integrada por jueces, fiscales y sociólogos que trabaja en un anteproyecto de ley con esta orientación. Está integrada entre otros por Alberto Calabrese, especialista en el abordaje interdisciplinario del uso indebido de drogas, quien estuvo en la emisión de Interview (domingos a las 17 por América 24) junto a Claudio Izaguirre, presidente de la Asociación Antidrogas, y Pablo Rossi, director de la Fundación Manantiales, clínica de rehabilitación para adictos. Esta es la síntesis de la nota.
- Usted integra la comisión de notables creada por el Gobierno. ¿Qué implica despenalizar el consumo de drogas?
- Calabrese: Quiero aclarar que no estamos hablando de “despenalizar”, porque esto implicaría que no hay ninguna pena sobre consumo general, tráfico, tenencia y acopio. De lo que estamos hablando es de no incriminar la tenencia, es decir no penalizar al adicto. La ley actual dice que la simple tenencia es delito; queremos sacar esto del derecho penal y en todo caso, si tiene que tratarse judicialmente, que vaya por la vía civil, con algún tipo de inhibición sobre determinados actos. Por ejemplo, alguien que fumó marihuana no puede estar conduciendo un vehículo.
- ¿Esta política puede derivar en un incremento del consumo?
- Calabrese: Hoy el consumo de sustancias está tan extendido, que en algunos casos, los mismos chicos que son incriminados por el consumo, piensan que está permitido. El hecho de sacarlo de la penalización implica que a esa persona no le va a quedar un prontuario, una “marca” en la Justicia que le va a impedir, por ejemplo, conseguir un empleo. La ley anterior a la actual, ya contemplaba la tenencia para uso personal y no hubo un incremento del consumo por esa normativa.
- Quienes se oponen a la política oficial dicen que ahora los narcos van a poder traficar libremente pequeñas cantidades.
- Calabrese: No es así; tendrían que juntarse 20 personas para llevar una cantidad razonable para comerciar. Todavía no se ha estipulado cuánto va a ser la tenencia para uso personal contemplada en la ley. Pero quiero decirle que esta política no modifica en nada la lucha contra el narcotráfico ni el hecho de que se permitan plantaciones o cosas por el estilo. Se trata de, simplemente, que el consumidor no sea incriminado penalmente.
- ¿Estará permitido el cultivo para uso personal?
- Calabrese: No, eso no está ni pensado.
- Izaguirre y Rossi, ustedes se oponen al proyecto oficial, ¿por qué?
- Izaguirre: Bueno, usted sabe que las verdades a medias son mentiras. Y lo cierto es que legalizar la tenencia de drogas para uso personal pone, lamentablemente, dentro de la misma bolsa al vendedor minorista de estupefacientes. Entonces, con esta política vamos a tener liberada la venta minorista. Hace poco un juez dejó en libertad a una persona que tenía un kilo de marihuana, porque esta persona declaró que la había comprado para consumir durante todo el año. Ese juez acompaña al señor Calabrese en la comisión que ahora formó el Gobierno...
- OK, pero resulta horroroso pensar que una persona adicta por ese solo hecho pueda terminar encarcelado.
- Izaguirre: Pero, Graciela, no hay un solo juez que haya mandado a prisión a un adicto. El tema es dirimir para qué tiene la droga. Si es un usuario, habrá que darle una pena educativa; si es un adicto, una pena curativa, y si es un vendedor, a la cárcel. No se puede hablar de despenalizar la tenencia cuando hoy sólo en Capital Federal tenemos 500 bocas de ventas de drogas.
- ¿Usted quiere penalizar al adicto?
- Izaguirre: Mire, yo mismo soy un adicto en recuperación. Mi postura es clara: no dejen en libertad al vendedor minorista de drogas, eso es todo.
- Rossi: Yo no creo que esta política sea del Gobierno; me parece que es más la posición del ministro Aníbal Fernández. Cuando él presentó esta propuesta, dijo que la política antidrogas había fracasado y en eso estamos todos de acuerdo. El drogadicto no es un delincuente sino un enfermo, pero cambiando la ley no vamos a lograr tener menor consumo de drogas. En ningún país que se haya despenalizado ha bajado el consumo. España, por ejemplo, también despenalizó y hoy tiene el mayor consumo de cocaína de la Unión Europea. Hoy en la Argentina no se manda a la cárcel a los adictos. Cuando una persona es detenida, el juez determina si la persona tiene que hacer un tratamiento educativo, por ser un consumidor ocasional, o curativo si se trata de un adicto. Eso es así ahora, ¿entonces para qué cambiar la ley?
- Izaguirre: Yo pregunto, ¿quién se hace cargo de los muertos?
- ¿Qué tiene que ver eso con la despenalización, Izaguirre?
- Izaguirre: Si el Estado permite la venta minorista de drogas y el consumo, se tendrá que hacer cargo de los muertos que se produzcan por esta política.

Graciela Sasbon

 
         
 
INTERVIEW TV - EDICION Nro. 94
         
 

INSEGURIDAD VIAL

Las muertes, un desafío para la Justicia

TEMA: Accidentes de tránsito

ENTREVISTADOS: Eduardo Gerome y Osvaldo Natansohn, abogados penalistas;
Marcelo Aiello, gerente de Relaciones Institucionales de Cesvi.

En otro verano trágico, un hecho conmovió a la opinión pública: en la ruta 63, un micro embistió una barrera baja y fue arrollado por un tren, con un saldo de 17 muertos y 47 heridos. La sociedad clama por penas “ejemplares” para los choferes. ¿Homicidio culposo?; ¿homicidio simple con dolo eventual? Debate entre abogados.

Desde siempre la Justicia ha encuadrado como homicidio culposo (es decir, sin intención de matar) a quienes resultan culpables de la muerte de una persona en un accidente de tránsito. Pero la Justicia también tiene matices e interpretaciones. En varios casos de los últimos años, los jueces han utilizado la poco frecuente figura del homicidio simple para encuadrar hechos de tránsito. Interview (domingos 17 horas, por América 24) propuso debatir el tema a la luz de dos accidentes que tuvieron gran impacto mediático en los últimos meses: la tragedia de Dolores, cuando un micro cruzó las vías del tren con la barrera baja, y el accidente de Punta del Este, en el que estuvo involucrado el relacionista público Gaby Alvarez y que causó la muerte de una pareja de jóvenes.
- En estos hechos la sociedad reclama la cárcel para los conductores irresponsables.
- Natansohn:
Sí, pero la pregunta es: ¿merece el presunto culpable estar en la cárcel desde el primer momento, antes de que se dicte sentencia? Porque parece ser que muchas veces se quiere que el conductor vaya preso sí o sí. En muchos accidentes, como en el ocurrido con el micro en Dolores, vemos que de inmediato aparece en los medios “homicidio culposo” o “dolo eventual” y yo me pregunto, ¿cómo saben que hubo dolo eventual si todavía no se analizaron las constancias de la causa?
- Gerome: Creo que hay dos niveles de culpas. Está la culpa de un conductor distraído, que cruza un semáforo sin darse cuenta y provoca un accidente fatal; eso le puede pasar a cualquiera y no merece que esa persona vaya presa. Pero también está la culpa grave, que es la de quien corre picadas o cruza una barrera transportando pasajeros sin importarle nada. Para este tipo de conductor, que son quienes causan los accidentes más serios, la aplicación de la ley tiene que ser estricta y pienso que deben tener una pena de prisión. Yo no sería tan benigno como el doctor Natansohn en cuanto a que ese conductor pase el proceso en libertad, porque es probable que intente escapar y esperar que la causa prescriba. Y en ese caso no se daría una de las condiciones de la sentencia, que es la prevención general; es decir, que la gente vea que quien comete un hecho semejante tiene un condigno castigo.
- Natansohn: Quiero aclarar que no es que yo sea benévolo, pero creo que la cárcel es la última instancia. Hay delitos mucho más graves que un accidente de tránsito, que tienen penas mayores y esa situación no impide que el imputado permanezca en libertad hasta tanto se desarrolle el juicio y se obtenga la condena.
- ¿La justicia uruguaya es distinta? Lo pregunto porque en el caso de Punta del Este, Gaby Alvarez y Ariel Coelho quedaron presos de inmediato.
- Natansohn:
Bueno, el señor que pasó las barreras bajas en Dolores también está preso. No sé que hubiese pasado con Gaby Alvarez en la Argentina, pero en el Uruguay es difícil que dejen sin sanción inmediata a un conductor desaprensivo. Junto con esto, también le digo que Alvarez y Coelho no van a estar presos más de cuatro o cinco meses.
- Hubo hechos de tránsito donde los culpables recibieron condenas por homicidio simple, ¿ustedes qué piensan?
- Gerome:
Es un error caratular como homicidio simple a quien provoca una muerte manejando un auto. Pero al mismo tiempo le digo que en casos como el de Dolores o del joven que mató a una mujer y su hija corriendo picadas por la avenida Lugones y escapó, la Justicia no puede dictar una prisión en suspenso. En esos casos, debe haber una sanción ejemplar para que a nadie se le ocurra repetir esas conductas irresponsables.
- Marcelo, aunque no seas abogado, ¿cuál es tu opinión como ciudadano?
- Aiello:
Necesariamente si queremos encontrarle una solución a esta problemática tenemos que sustentarla en varias puntos: primero, educación. Segundo, control. Si no hay control de parte de las autoridades y si no hay una sanción ejemplar, creo que todo cae en saco roto. Como ciudadano, creo que los conductores como los que describe el doctor Gerome deben ir a la cárcel, porque es una forma de saldar la deuda con la sociedad. Pero también creo que la cárcel tendría que ser un ámbito de reinserción social, algo que hoy no ocurre.
- En algunos países como Alemania y Suecia la educación vial demandó una generación.
- Aiello:
Sí, pero hace algunos años los países de la Unión Europea firmaron la Carta Blanca, que es una suerte de Pacto de la Moncloa, pero a nivel europeo y aplicado específicamente a la seguridad vial. Por esa Carta, los países se comprometieron a bajar la tasa de accidentes en un 50 por ciento. Fue una forma de tomar el toro por las astas. Con esto, quiero insistir en que las leyes pueden ser perfectas e incluir, por ejemplo, el retiro del vehículo o del registro de conducir, pero después hay que aplicarlas.

Distintas opiniones de la Justicia
En 1996 un colectivero fue condenado a 10 años de prisión por matar a un automovilista y provocarles serias heridas a dos peatones y dos pasajeros a raíz de un choque. La sentencia fue por homicidio simple, una pena absolutamente inusual en casos de accidentes de tránsito.
También la Cámara Penal de La Plata confirmó la condena por homicidio simple de un hombre que produjo la muerte de una pareja. Conducía un camión de contramano y corriendo una picada.
En 2007, la Cámara del Crimen redujo la condena de homicidio simple a homicidio culposo al conductor de un vehículo que provocó la muerte de una persona y causó lesiones a otra. Manejaba con el registro vencido y alcoholizado.
En 2003, Sebastián Cabello, que corriendo picadas causó la muerte de una mujer y su pequeña hija, fue condenado a 12 años por homicidio simple por dolo eventual. La Cámara de Casación en 2005 redujo la pena a tres años, por entender que había sido homicidio culposo. Cabello quedó libre en setiembre de 2005.

Graciela Sasbon

 
 
 
   
 
 

 
   
   
   
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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